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Violencia sexual
Elizabeth Rodríguez Masegosa - Fortaleciendo-Té
2021/03/02 - 09:33
¡Hola un gusto saludarte de nuevo!, gustas una taza de Té de Justicia mientras te platico que...
En esta ocasión voy a tomar el tema de la violencia sexual, ya que aunque no lo creas, aun en el matrimonio ese tipo de violencia existe.
Hay veces que el hombre cree que la mujer es de su propiedad y que por lo mismo su deber es cumplir a sus necesidades sexuales en todo momento, aun cuando ella no esté lista para ello.
Pierden el romanticismo, la conquista, el coqueteo necesario para ese momento tan especial, lo convierten en un momento de obligación.
Es muy importante que la mujer conozca que si la llegan a obligar a tener relaciones sexuales, aun cuando sea su esposo, eso es lo que se conoce como violencia sexual e incluso algunas mujeres padecen lo que es la violación por parte de los mismos esposos.
Si es sin tu consentimiento, es violación. Aun siendo matrimonio. Por eso es muy importante que las mujeres estemos enteradas de ello para que en su momento se ponga un alto a esa situación.
Quizá te haga creer que es parte del compromiso matrimonial, pues él tiene sus necesidades, pero para ello es necesario que te sepa conquistar, que te sepa persuadir con amor y delicadeza. Por más que pasen los años, esta no se debe de perder. El ser esposa, no deja de ser mujer.
Código Penal Federal Publicación DOF 14 de agosto de 1931.
Última reforma DOF 12 de marzo de 2015.
Título Decimoquinto
Delitos contra la libertad y el normal desarrollo psicosexual
Capítulo I
Hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro y violación
(Reformado primer párrafo, DOF 14 de junio de 2012) Artículo 265. Comete el delito de violación quien por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de cualquier sexo, se le impondrá prisión de ocho a veinte años.
(Reformado, DOF 30 de diciembre de 1997) Para los efectos de este artículo, se entiende por cópula, la introducción del miembro viril en el cuerpo de la víctima por vía vaginal, anal u oral, independientemente de su sexo.
(Reformado, DOF 14 de junio de 2012) Se considerará también como violación y se sancionará con prisión de ocho a veinte años al que introduzca por vía vaginal o anal cualquier elemento o instrumento distinto al miembro viril, por medio de la violencia física o moral, sea cual fuere el sexo del ofendido.
(Adicionado, DOF 30 de diciembre de 1997) Artículo 265 bis. Si la víctima de la violación fuera la esposa o concubina, se impondrá la pena prevista en el artículo anterior.
Este delito se perseguirá por querella de parte ofendida.
Estos son algunos de los artículos en los que se hace mención al respecto, te los presento como muestra de que la violación dentro de la pareja, también está sancionada y penada.
No debes permitir la violencia en ninguno de los tipos que hay, sobre todo el sexual, ya que este puede ser una experiencia realmente dolorosa en todos los aspectos y debes denunciar sin ningún temor al respecto.
Ya han existido tantos testimonios y situaciones de mujeres que han tenido el valor de denunciar y enfrentar dicha situación, que gracias a ello ahora las mujeres somos escuchadas y protegidas.
la violencia sexual hacia la mujer de cualquier edad, está penada por muchos años de prisión, logrando con ello aunque no se puede quitar lo vivido, cuando menos se ha logrado obtener justicia por ello.
Si vives violencia, no tengas miedo y denuncia. Busca apoyo en la institución correspondiente. Mereces tener una vida digna, dentro del respeto y amor.
Muchas gracias de nuevo por leerme, para mi es muy importante saber que lo que te escribo con amor, te es de gran ayuda y recuerda que....
¡Juntos podemos ayudar a cambiar la vida de muchas personas!
Te espero en la próxima edición, Dios Bendiga tu semana.
Tú amiga
LizRodríguez
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