"La Chapulina colorada" va en penúltimo lugar...

Destacado:

Los ayuntamientos del PRI dotarán de infraestructura para Misantla y se impulsará una revolución citrícola en Martínez de la Torre Luis Vicente Aguilar Castillo llama a la unidad y respeto en las elecciones municipales. “No puede haber gobierno rico con pueblo pobre”: a seguir las enseñanzas de AMLO se compromete Liz Bolaños Informan para prevenir violencia en el entorno escolar PRI impulsará desarrollo integral del campo veracruzano desde ayuntamientos

Presentan Iniciativa para redefinir en la Ley el término de “igualdad sustantiva”

La diputada Ivonne Trujillo Ortiz, propone se reformen los artículos 4 y 33, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado.

Xalapa, Ver - / Chiltepín

Xalapa, Ver | 2019/06/20 - 23:28

La diputada Ivonne Trujillo Ortiz, integrante del Grupo Legislativo Movimiento Ciudadano–Partido de la Revolución Democrática (MC-PRD), puso a consideración del Pleno de la LXV Legislatura del Estado, durante su novena Sesión Ordinaria, una Iniciativa con Proyecto de Decreto por la que se reforman los artículos 4 y 33, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado.

En la Ley, señala la legisladora, se observa que la definición de “igualdad sustantiva” no es acorde con la teoría de los derechos humanos y el principio de “igualdad sustantiva” conforme a la definición del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), y porque se limita a establecer el trato idéntico.

Esto, advierte Trujillo Ortiz, puede significar discriminación material y de resultados, por lo que propone reformar la definición, para proteger los derechos de las niñas, y señala que la “igualdad sustantiva” no es otra cosa que la idéntica titularidad, protección y garantía de los mismos derechos fundamentales independientemente del hecho, y por el hecho, de que los y las titulares son entre sí diferentes.

Desde este punto de vista, agrega la legisladora Ivonne Trujillo, la “igualdad sustantiva” incluye tanto la igualdad de jure como la igualdad de facto, concibiéndose a la primera, como un medio para lograr la realización práctica del principio de “igualdad sustantiva”.

Dado lo anterior, “Igualdad Sustantiva”, se definirá en la Ley como el “acceso al mismo trato y oportunidades para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales, buscando, en todo momento que niñas, niños y adolescentes reciban un trato igualitario, tomando en cuenta sus diferencias biológicas y de género a fin de que éstas no sean determinantes o limitantes en el ejercicio y goce de sus derechos”.

Asimismo, propone reformar el párrafo primero del artículo 33 para señalar que niñas, niños y adolescentes tienen derecho al acceso al mismo trato y oportunidades para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales.

El Estado adoptará las medidas necesarias para brindar un trato igualitario, respetando, en todo momento que las diferencias biológicas o de género no limiten el acceso a los derechos o que existiendo igualdad de condiciones, el resultado afecte el goce de los mismos para las niñas.

Esta Iniciativa con Proyecto de Decreto fue turnada a las Comisiones Permanentes Unidas de Derechos de la Niñez y la Familia y para la Igualdad de Género.

A la misma se adhirieron los integrantes de los Grupos Legislativos de Morena, PAN, PRI-VERDE, MC-PRD y el legislador independiente Juan Carlos Molina Palacios

EL CHILTEPIN TV

CHILTEPIN IMPRESO

LO ULTIMO