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TEPJF confirma la pérdida de registro del Partido Liberal Campechano
La Sala Regional confirma el desechamiento de la demanda interpuesta por una diputada del Congreso del Estado de Veracruz, relativa a su exclusión del Grupo Legislativo del PAN
Xalapa, Ver - / Chiltepín
Xalapa, Ver | 2019/08/22 - 17:29
La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Campeche que, a su vez, confirmó el acuerdo del Instituto Electoral del estado que declaró la pérdida del registro del Partido Liberal Campechano.
La magistrada y magistrados de la Sala determinaron que en su demanda el partido en mención no controvirtió la resolución que ahora le perjudica, sino se limitó a impugnar determinaciones adoptadas en juicios anteriores, tanto por el propio Tribunal local como por esta Sala Regional.
Lo anterior, porque el partido insistió en que ya no era viable revisar de nueva cuenta si había alcanzado o no el 3% de la votación válida emitida en la última elección local, dado que dicha revisión se dio en un momento posterior a la conclusión del proceso electoral, tema que fue materia de pronunciamiento en el diverso juicio de revisión constitucional electoral SX-JRC-38/2019 previamente resuelto por esta Sala Regional; sin que ahora el partido enjuiciante expusiera argumentos para combatir la resolución del Tribunal local que confirmó la declaratoria de pérdida de registro.
Por otra parte, el Pleno de la Sala Regional Xalapa confirmó la determinación del Tribunal Electoral de Veracruz de desechar el medio de impugnación presentada por Nora Jessica Lagunes Jauregui, diputada del Congreso del Estado, en contra de la resolución emitida por Sergio Hernández Hernández, diputado local y coordinador del Grupo Parlamentario Legislativo del PAN, que excluyó a la demandante del mencionado Grupo Parlamentario.
El Pleno de la Sala compartió la determinación del Tribunal Electoral de Veracruz puesto que la exclusión de la demandante del Grupo Parlamentario incide directamente en el ámbito del Derecho Parlamentario, por lo que no logra adecuarse en los supuestos o hipótesis de violación de algún derecho de tipo electoral. Por ello, el Tribunal Electoral local estaba impedido a conocer del fondo de la controversia planteada.
En la sesión pública se resolvieron un total de 17 medios de impugnación: 11 juicios ciudadanos, cinco juicios electorales y un juicio de revisión constitucional electoral.
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