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TEPJF confirma la validez de la elección del Comité Directivo Estatal del PRI en Yucatán
La Sala Regional Xalapa también validó la elección de diputadas y diputados de mayoría relativa en el Distrito Electoral 10 en Quintana Roo
Xalapa, Ver - Impuso además una amonestación pública a los integrantes de 64 Legislatura del Congreso de Oaxaca, al quedar demostrado el incumplimiento de una sentencia emitida por esta Sala / Chiltepín
Xalapa, Ver | 2019/08/01 - 16:59
En sesión pública, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán que validó la elección por la Presidencia y la Secretaría General del Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en Yucatán, así como el otorgamiento de las constancias respectivas a la fórmula ganadora, integrada por Francisco Alberto Torres Rivas y Lila Rosa Frías Castillo.
En sesión pública, la magistrada y los magistrados integrantes de la Sala determinaron correcta la decisión del Tribunal Electoral local de no analizar el fondo de la cuestión planteada, ya que los agravios expuestos solo fueron reiteraciones de lo manifestado en la instancia partidista, sin que se encaminaran a controvertir la resolución dictada por la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del PRI.
De igual forma, estimaron que no operaba la suplencia total de sus agravios en atención a la calidad de indígenas alegada por los promoventes Diego Alberto Lugo Interian y María Raymunda Che Pech, debido a que no se está ante una elección por sistemas normativos internos.
En otro caso, en relación con la elección de diputadas y diputados por el principio de mayoría relativa en el Distrito Electoral 10 de Quintana Roo, el Pleno de la Sala Regional Xalapa, en un primer momento, confirmó la resolución del Tribunal Electoral de Quintana Roo que declaró inexistentes las conductas atribuidas a la candidata Roxana Lili Campos Miranda; a la Coalición “Orden y Desarrollo por Quintana Roo” ¬–integrada por los partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Encuentro Social Quintana Roo¬¬–¬, por culpa in vigilando; y al secretario general del Sindicato de Choferes de Automóviles de Alquiler y Similares del Caribe “Lázaro Cárdenas del Río”, por la comisión de actos de presión o coacción del voto.
De igual forma, confirmaron la sentencia del Tribunal local que, a su vez, confirmó la validez de la elección en comento, y la entrega de la constancia otorgada a la fórmula de candidatas encabezada por Roxana Lili Campos Miranda, postulada por la Coalición “Orden y Desarrollo por Quintana Roo”, al no encontrar irregularidades.
Asimismo, fue declarado como infundado el agravio respecto al supuesto rebase de tope de gastos de campaña de la candidata ganadora, por las aportaciones en especie recibidas por parte del sindicato de choferes referido, toda vez que el Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que no existió rebase alguno.
Por otro lado, la magistrada y los magistrados impusieron una amonestación pública a los integrantes de la 64 Legislatura del Congreso del Estado de Oaxaca, al quedar demostrado el incumplimiento de la sentencia emitida por esta Sala Regional Xalapa que ordenó nombrar a la persona que ocupará el cargo de presidente municipal en el Ayuntamiento de la Heroica Villa de Tezoatlán de Segura y Luna, y ordenaron a la Junta de Coordinación Política y a la Comisión Permanente de Gobernación y Asuntos Agrarios, ambas del poder legislativo del estado, que, en un plazo improrrogable de 5 días proceda a la designación, quedando apercibidos los integrantes de los citados órganos legislativos que, de persistir en el incumplimiento de la sentencia y ante la gravedad de la falta, se les impondrá, individualmente, una multa de 500 Unidades de Medida y Actualización.
En la sesión pública se resolvieron 19 medios de impugnación: cuatro juicios ciudadanos, siete juicios electorales, un juicio de revisión constitucional electoral, tres recursos de apelación y cuatro incidentes de incumplimiento de sentencia.
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