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TEPJF ordena se designe un Consejo Municipal en Ánimas Trujano, Oaxaca, mientras se realiza la elección extraordinaria

La Sala Regional Xalapa confirma la elección de diputados de mayoría del Distrito Electoral Uninominal 03 de Quintana Roo

Xalapa, Ver - / Chiltepín

Xalapa, Ver | 2019/07/11 - 16:58

En sesión pública, en cumplimiento a una sentencia de la Sala Superior dictada en el expediente SUP-REC-394/2019, el Pleno de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó al titular del Poder Ejecutivo, así como al Congreso del Estado de Oaxaca que, en el ejercicio de sus atribuciones, provea lo necesario, suficiente, adecuado e idóneo a fin de ejecutar la sentencia de 5 de mayo de 2017, que ordenó al Congreso del Estado designar un Concejo Municipal en Ánimas Trujano a propuesta del gobernador, mientras se realiza la elección extraordinaria.

La magistrada y magistrados del Pleno declararon fundado el incidente de incumplimiento cinco de la sentencia dictada por esta Sala Regional en el expediente SX-JDC-297/2017 y acumulados, al advertir que, si bien las autoridades vinculadas han implementado acciones para realizar la designación del Concejo Municipal, lo cierto es que no ha sido posible su conformación.

Por ello, consideraron pertinente exhortar a las autoridades referidas para que se agote el procedimiento legal previsto para tal efecto, a fin de conformar el Concejo Municipal, apercibiendo a las autoridades estatales que de no hacerlo, se les impondrá una de las medidas de apremio previstas por la ley electoral.

En otro asunto, el Pleno de la Sala Regional Xalapa confirmó la sentencia del Tribunal electoral del Estado de Oaxaca que confirmó el acuerdo del Instituto Electoral local relativo al método de elección para el periodo 2020-2022, de concejales del Ayuntamiento de Santa María Atzompa, Oaxaca, que electoralmente se rige por su sistema normativo indígena.

Lo anterior, al estimar que, de acuerdo con los criterios contenidos en las sentencias SX-JDC-493/2016 y SUP-REC-90/2017, la elección debe realizarse bajo el método tradicional de la comunidad indígena y que para ser postulado a los cargos de presidente, síndico y primeras dos regidurías, debe cumplirse con el requisito de ser originario de la cabecera municipal, pues con ello se les protege de la imposición de un sistema ajeno a su cosmovisión.

Concluyó que este modelo favorece a que la administración municipal y el resto de las funciones públicas que se relacionan estrechamente con las prácticas comunitarias, queden a cargo de personas que son originarias, procurando preservar los aspectos sociales y culturales más relevantes de la comunidad.

En la misma sesión pública, la magistrada y los magistrados de la Sala Regional Xalapa confirmaron la elección de diputados de mayoría del Distrito Electoral Uninominal 03 de Quintana Roo, así como la declaración de validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría a la fórmula de candidatos postulada por la Coalición “Juntos Haremos Historia por Quintana Roo”, integrada por los partidos políticos MORENA, del Trabajo y Verde Ecologista.

En su demanda el Partido Encuentro Social Quintana Roo no controvirtió los argumentos vertidos por el Tribunal local, además de que, del análisis de la sentencia, la magistrada y los magistrados de la Sala determinaron que la sentencia impugnada estaba debidamente fundada y motivada.

En suma, en la sesión pública de este 11 de julio, se resolvieron 19 asuntos: diez juicios ciudadanos, siete juicios electorales, un juicio de revisión constitucional electoral y un incidente de incumplimiento de sentencia.

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